Cada vez son más las parejas que optan por otra alternativa al matrimonio para legalizar su amor. Una de las alternativas más escogidas por estos es la pareja de hecho, una acción que poco a poco va creciendo notablemente respecto a años anteriores.
Algunos os preguntaréis si el ser pareja de hecho y el matrimonio civil tienen las mismas condiciones y permisiones, pero debéis saber que a día de hoy no existe esa ley que regule las parejas de hecho, es por eso, que son las mismas comunidades autónomas las encargadas de poner las diferencias entre unas y otras y pueden variar según donde vivas, de dónde sean los cónyuges, si se trata de pareja estable, de hecho o simplemente una unión de hecho.
También debéis saber que para que esta acción sea reconocida, deberá ser registrada en un registro de parejas de hecho.
A continuación os decimos algunas de las diferencias y las semejanzas que se pueden encontrar entre el matrimonio civil y la pareja de hecho.
Semejanzas:
- Si eres pareja de hecho y tenéis hijos en común, tendréis los mismos derechos y obligaciones que si se trata de un matrimonio civil.
- Si fallece uno de los cónyuges, la persona que quede viuda tendrá derecho a la pensión de viudedad reconocida. La única diferencia es que tiene algunas otras condiciones, como que deberían llevar más de 5 años viviendo juntos como pareja y que no superen un límite de ingresos.
- En cuanto a las herencias, si muere un miembro de la familia, de alguno de ellos y no existe un testamento, dependerá de las leyes de cada Comunidad Autónoma los derechos que tienen ambos.
Diferencias:
- Si decides hacerte pareja de hecho, debes saber que a la hora de realizar la declaración de la renta no se podrá tributar en el modo declaración conjunta.
- En algunas comunidades autónomas como son Aragón, Cataluña, Baleares, Navarra, Cantabria y País Vasco, si la pareja decide separarse la persona desfavorecida si dispondrá de la pensión compensatoria. Si no vives en ninguna de estas comunidades deberás asistir a la vía judicial para que el juzgado lo determine.
- No se tendrá derecho a los 15 días de vacaciones por unirse como pareja de hecho excepto si el Convenio Colectivo del trabajador lo indica.
- No se aplicará por defeco a la pareja el régimen de gananciales ni de separación de bienes, pero si la pareja lo prefiere puede pactarlo e inscribir en el registro o en documento público el convenio al cual se acogen.





En España existen tres tipos de regímenes matrimoniales y cada uno ofrece condiciones diferentes en cuanto a los bienes que los conyugues poseen antes de la unión o recibirán una vez casados.


